El primer juicio climático en España ha quedado visto para sentencia. La demanda presentada por los conjuntos Greenpeace, Ecologistas en Acción y Oxfam Intermón demandaba al Gobierno de España elevar el recorte de emisiones de gases de efecto invernadero contemplado en el Plan Integrado de Energía y Tiempo (PNIEC) que guía la acción de España en esta materia y fue trasladado a la Ley de Cambio Climático.
Las organizaciones asistieron a los tribunales en septiembre de 2020 por lo que consideraban “inactividad de la Administración” al no haberse acabado ese plan en el plazo previsto por la UE.
Luego, tras la publicación del documento en el mes de marzo de dos mil veintiuno, las mismas organizaciones recurrieron su contenido por estimar que “incumple los objetivos de reducción de emisiones contemplados en el Pacto de París”.
De forma más concreta: el PNIEC establece que, para dos mil treinta, las emisiones de gases de efecto invernadero van a deber haber caído en España un veintitres por cien y lo que se pide en la demanda es que se llegue a un 55 por ciento .
El Supremo ha rechazado dos veces, una en el mes de junio y otra en septiembre de dos mil veintiuno, cerrar el primer proceso como había solicitado la Abogacía del Estado. “No ha dejado de sobrevivir el interés legítimo de obtener tutela judicial por las organizaciones demandantes”, explicaron los jueces.
Ahora los jueces del Tribunal Supremo votarán sobre ambos asuntos, en principio, el próximo veintisiete de junio, conforme cuentan las propias organizaciones ecologistas. “La sentencia debe exigir al Gobierno que apruebe una reducción considerablemente más ambiciosa, como demandan los informes científicos”.
Los cálculos a los que se refiere son los aportados tanto por el Panel Internacional de Expertos (IPCC) como el Programa de Medio Ambiente de la ONU (Pnuma) que dicen que lograr limitar…