El Gobierno se abre a dejar a cargo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) la resolución de prohibir presentarse a concursos públicos a las compañías sancionadas por este organismo por falsear la competencia.
El Ejecutivo reconoce ya esa posibilidad en una reciente respuesta parlamentaria. En ella recuerda que la jurisprudencia del Tribunal Supremo ha respaldado que el súperregulador pueda acordar los términos de las prohibiciones en sus resoluciones, como ha propuesto la CNMC. Recuerda que “la prohibición de contratar no es ejecutiva, y por tanto no se puede aplicar hasta el momento en que se determine su alcance y duración” en la pertinente resolución, “administrativa o judicial”.
Y esto “puede concretarse de dos formas distintas”, indica el Ejecutivo: “en la propia resolución sancionadora”, o con el procedimiento contemplado hasta ahora, una resolución de la ministra de Hacienda y Función Pública, previa propuesta de la Junta de Contratación del Estado.
La posibilidad de aplicar ese veto durante un máximo de 3 años para las “personas” sancionadas con carácter firme por infracción grave en materia de falseamiento de la competencia (no se distingue si son personas físicas o jurídicas) está prevista en la…