Recuerda que los agentes de la Benemérita “deben enseñar un comportamiento irreprochable en todo momento”
MADRID, 6 (EUROPA PRESS)
El Tribunal Supremo (TS) ha ratificado la sanción impuesta a un guarda civil por vulnerar la dignidad de la Benemérita con su conducta –provocó una “reyerta” en su propio grupo de amigos porque el hijo de uno le vació un sobre de kétchup, llegó a morder a otro y se dio a la fuga hasta ser detenido por la Policía Nacional–, al considerar que el castigo está “palmariamente” justificado porque los agentes deben tener un “comportamiento irreprochable”.
Los hechos tuvieron sitio la noche del 5 de septiembre de dos mil veinte en una terraza de un bar de un ayuntamiento de Cáceres donde el guarda civil, su pareja y unos amigos se encontraban tomando algo. En un momento dado, el hijo de diez años de uno de los amigos vertió un sobre de kétchup sobre el agente de la Benemérita, que afeó el comportamiento al niño, provocando una discusión.
El padre del menor le dijo que si seguía dirigiéndose a su hijo le iba a “dar una hostia”, a lo que el uniformado respondió “que no se pusiera tan chulo”. Conforme el relato recogido por la Sala de lo Militar del TS, “la discusión desembocó en una serie de enfrentamientos físicos” –“con empujones, puñetazos e inclusive un mordisco” que requirió puntos de sutura– entre el guardia civil y su pareja, por un lado, y el resto de amigos.
Al final, el agente del Instituto Armado, con el torso desnudo pues la ropa se le rompió “durante el forcejeo”, se dio a la fuga. Hasta tres patrullas de Policía Nacional se desplazaron a la zona para encontrar al guardia civil. Una vez localizado, “hizo ni caso” al “alto” que le daban los policías. No obstante, pudo ser interceptado por una cuarta patrulla.
Se negó “repetidamente” a identificarse, por lo que fue detenido y, “como se resistía a entrar, hubo de ser introducido por fuerza en el vehículo policial, que golpeó múltiples veces desde dentro”. Ya en comisaría, “pudieron revisar que era la segunda vez que ese señor ocasionaba problemas”, según atestiguó uno de los policías que intervino.
Frente al juez instructor que le investigó por un posible delito leve de lesiones, declaró que se arrepentía de lo ocurrido, “por no haber sabido controlar adecuadamente la situación, sin que fuera su intención que se manchara la imagen institucional ni desobedecer a los agentes del Cuerpo Nacional de Policía”. Además de esto, reconoció que se había tomado dos o tres “cubatas”.
La investigación judicial acabó archivada pero se le abrió un expediente disciplinario que desembocó en una sanción de cinco días sin sueldo por una “falta grave” debido a “la observancia de conductas gravemente contrarias a la dignidad de la Guardia Civil”, decisión que fue confirmada por el Tribunal Militar Central y recurrida ante el Supremo.
SU VERSIÓN “NO ENCAJA”
La Sala Quinta examina las declaraciones del guardia civil, su pareja y los policías implicados para hacer suyas las conclusiones del Tribunal Militar Central, conforme las cuales la versión ofrecida por el uniformado “no encaja” pues, si se hubiera comportado de un “modo plácido”, como aduce, la situación “no hubiera acabado con la intervención de nada menos que 3 patrullas policiales y una detención”.
“Y, sobre todo, no se atisba ningún motivo a fin de que los policías nacionales hubiesen conspirado para dañarle”, apunta la Sala de lo Militar, razonando que “algo tuvo que ocurrir para que se realizase la detención, y sólo puede tratarse de la actitud provocadora” del guarda civil.
Los magistrados recuerdan que los miembros de la Guarda Civil “deben enseñar un comportamiento irreprochable en todo momento, no solo en acto de servicio, también en relación con terceros, siendo reprobables cuantas acciones que, por su trascendencia, afecten al haz de valores y virtudes que caracterizan a la Benemérita”.
Así, consideran “palmariamente” justificada la sanción al guardia civil por mostrar “una conducta, reyerta inicial y grave renuencia a la intervención policial siguiente, con notorio desdoro para el Instituto Armado”.