La demanda presentada por la viuda y los hijos de Francisco Sánchez Gómez, conocido artísticamente como Paco de Lucía, contra los descendientes del músico José Torregrosa ha prosperado en el Juzgado de lo Mercantil número 3 de la capital española. El juez ha obligado a estos últimos a devolver el cien por cien de los ingresos recibidos en término de derechos de autor de 37 canciones tan míticas como ‘Entre dos aguas’, que a partir de ahora se atribuyen solamente al maestro flamenco.
Hasta ahora, Torregrosa figuraba como coautor por pasar las piezas a partituras y sus herederos proseguían cobrando el cincuenta por cien de los derechos por esta labor. En los fundamentos jurídicos de una demanda a la que ha tenido acceso Europa Press, el juez concluye que “el único autor de las obras es Paco de Lucía y que ninguna de exactamente las mismas puede ser considerada obra derivada, en el sentido de reconocer al arreglista derechos de propiedad intelectual sobre las mismas”.
Asimismo, señala que “ciertamente ha existido a través de las carátulas una atribución pública de la coautoría”, por lo que estima que “se tiene por acreditado el daño moral”. Tras el análisis de la demanda, el juez determina que Paco de Lucía es el único autor de treinta y siete obras, como ‘Entre dos aguas’; ‘Gitanos Trianeros’; ‘El Tajo’; ‘Jerezana’; ‘Llanto a Cádiz’; ‘Punta Umbría’; ‘Recuerdo a Patiño’; ‘Viva la Unión’; ‘En la Caleta’; ‘Llora la Seguiriya’; ‘Abril en Sevilla’; ‘Al Conquero’; ‘Que viene el Coco’; ‘El Vito’; ‘Fuente Nueva’; ‘Plazuela’; ‘Rumba Improvisada’; ‘Serranía de Málaga’; y ‘Temas del Pueblo’, entre otras muchas simbólicas composiciones.
El fallo declara además que José Torregrosa Alcaraz vulneró el derecho ética de autor del profesor al atribuirse…