Su dimisión conllevaría nueva ronda de consultas en Zarzuela y el Rey tendría que proponer candidato para otro debate de investidura
MADRID, 24 (EUROPA PRESS)
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, que hoy anunciado una reflexión para decidir si continúa al frente del Ejecutivo, no puede disolver las Cortes antes del 30 mayo, transcurrido un año de la anterior disolución, pero sí tiene en su mano someterse a una cuestión de confianza en el Congreso, lo que no requiere mayoría absoluta.
Otra opción sería ceder la Presidencia a otro socialista, pero eso implicaría un nuevo proceso de consultas del Rey y organizar otra investidura que, con el mapa político actual, exigiría muchos acuerdos y complicidades
La decisión de Pedro Sánchez de parar su agenda pública y decidir su continuidad o no en el Gobierno ha abierto una abanico de posibilidades con sus pros y sus contras.
OTRA VEZ ELECCIONES EN JULIO
Una primera opción sería mantenerse en la Presidencia para disolver las Cortes y convocar elecciones, pero el artículo 115.3 de la Constitución no permite poner fin a la legislatura antes de que pase un año desde la anterior disolución, que fue el 29 de mayo de 2023, tras la victora del PP en las elecciones muncipales y autonómicas.
Por tanto, y aunque su idea fuera disolver las Cortes, no podría hacerlo antes del 30 de mayo y eso llevaría a celebrar elecciones otra vez en julio, pero esta vez a finales: el primer domingo posible sería el 28 de julio.
Y todo ello cuando ya hay un horizonte electoral en el calendario: 12 de mayo elecciones catalanas y 9 de junio los comicios al Parlamento Europeo.
Eso sí, en este escenario habría opción de aprobar definitivamemnte la Ley de Amnistía que el PSOE pactó con los indepentistas de Junts y ERC y que actualmente está parada en el Senado.
DEJAR PASO A OTRA PERSONA PAAR UNA NUEVA INVESTIDURA
Si entiende que no le “merece la pena” seguir, como desliza en su carta a la ciudadanía, Pedro Sánchez podría dimitir para dar paso a que otra persona se someta a una sesión de investidura. Pero esa candidatura no sería decisión suya, sino del Jefe del Estado, que tendría que abrir una nueva ronda de consultas en Zarzuela y proponer a quien viera con más apoyos, mientras el resto del Gobierno seguiría en funciones.
Así lo hizo el presidente Adolfo Suárez cuando dimitió a principios de 1981, pero entonces la UCD tenía apoyos claros para promover un candidato que pudiera superar la investidura, Leopoldo Calvo Sotelo, que le sucedió.
La última investidura de Sánchez costó meses y el PSOE tuvo que pactar con media docena de partidos para superar el no de PP, Vox y UPN. Se prometieron medidas como la ley de amnistía, traspasos de competencias o la ampliación del uso de las lenguas cooficiales. Abrir de nuevo esas negociaciones con el actual hemiciclo y con el mapa catalán revuelto tras las autonómicas, sería complicado para los socialistas.
PEDIR LA CONFIANZA DEL CONGRESO SIN NECESIDAD DE MAYORÍA ABSOLUTA
Pero hay una tercera opción, a priori menos traumática: someterse a la cuestión de confianza, un procedimiento regulado en el artículo 112 de la Constitución, que establece que el presidente, previa deliberación del Consejo de Ministros, puede plantear ante el Congreso la cuestión de confianza sobre su programa o sobre una declaración de política general.
Según el Reglamento del Congreso, la cuestión de confianza tiene que presentarse mediante un escrito motivado ante la Mesa del Congreso y, una vez que se admita se deberá convocar al Pleno para su debate.
Su debate es similar a una investidura y la confianza se entenderá otorgada cuando obtenga el voto de la mayoría simple de los diputados, es decir más síes que noes. Por tanto, le bastaría con llegar a los 172 votos para superar a la suma de PP, Vox y UPN, y no precisaría del voto a favor de Junts, pues le bastaría con la abstención.
Eso sí, si fuera derrotado en el Congreso se produciría la dimisión y habría que volver al escenario de la ronda de consultas del Rey para una nueva investidura.