Llega uno de los momentos más ansiados del año: las vacaciones veraniegas. Estás en un puesto, descansando en la hamaca de una piscina o leyendo un buen libro en el sofá y, de súbito, vibra tu móvil. Es un correo electrónico, un mensaje o una llamada de tu jefe. Esta situación hipotética la padecen muchos trabajadores y trabajadoras durante sus vacaciones y, a veces, no saben qué hacer. Si deben contestar o no a sus superiores. La respuesta más habitual es un ‘no’, gracias al derecho reconocido a la desconexión digital de los empleados, salvo en ciertas excepciones.
El descanso de los trabajadores y las vacaciones son derechos con una larga historia. Desde el momento en que la tecnología ha facilitado la conectividad permanente, sobre todo a través de los teléfonos móviles, la regulación laboral se reforzó con “el derecho a la desconexión digital”, que recoge la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, de dos mil dieciocho.
Esta consiste en el “derecho a la desconexión digital a fin de garantizar, fuera del tiempo de trabajo legal o de manera convencional establecido, el respeto de…