El fin del RD 393/2007 obliga a las empresas a revisar sus Planes de Autoprotección

CEASI | Consultoría Estratégica de Seguridad CorporativaMadrid
Imagen adiós RD 393 2007

El BOE publicó el 10 de octubre la Orden INT/1068/2026, que aprueba la nueva Directriz Básica de Autoprotección y deja sin efecto el RD 393/2007. La norma cambia qué actividades deben tener plan, incorpora los riesgos externos y da a las empresas un máximo de cuatro años para adaptarse.

El RD 393/2007 había sido derogado formalmente en 2023 por el Real Decreto 524/2023, pero seguía aplicándose de forma transitoria mientras no existiera un texto que lo sustituyera. La nueva Directriz pone fin a esa transición y llega con cambios de calado.

"No es una actualización de trámite. La norma cambia quién está obligado, qué riesgos hay que analizar y cómo se demuestra que un plan funciona", explica Miguel Ángel Olmeda, fundador de CEASI (Consultoría Estratégica en Seguridad Corporativa) y profesional con más de treinta años de experiencia en seguridad privada y corporativa.

Cuatro años para adaptarse

Los planes de autoprotección existentes disponen de un plazo máximo de cuatro años para adaptarse, hasta octubre de 2030. Las actividades nuevas, en cambio, deben cumplir la Directriz desde su entrada en vigor, y la Administración puede requerir correcciones o actualizaciones en cualquier momento.

El plazo es un margen, no una garantía. Quien espere al último año tendrá que hacer en meses lo que podría haber planificado con calma, advierte Olmeda.

Un catálogo de actividades distinto

Uno de los cambios más relevantes afecta al Anexo I, que define las actividades obligadas. Desaparece el bloque genérico que incluía cualquier edificio comercial, administrativo o de servicios con una altura de evacuación de 28 metros o más, o con 2.000 ocupantes o más. Esos inmuebles pueden quedar fuera del catálogo estatal, aunque la normativa autonómica y municipal puede seguir exigiéndoles un plan.

En sentido contrario, los umbrales bajan en otros sectores. Los recintos cerrados de espectáculos pasan a estar obligados desde 1.000 personas (antes, 2.000), y los eventos al aire libre en espacios delimitados, desde 5.000 (antes, 20.000). Todos los hospitales con hospitalización o actividad quirúrgica quedan incluidos, sin el antiguo mínimo de 200 camas. También entran los centros docentes a los que asisten 50 o más personas que no pueden evacuar por sus propios medios, así como actividades nuevas como los sistemas de almacenamiento energético de 50 MW o más.

Más allá del incendio

La Directriz exige que los planes contemplen los riesgos del catálogo de protección civil: inundaciones, terremotos, fenómenos meteorológicos adversos, incendios forestales, accidentes con sustancias peligrosas o transporte de mercancías peligrosas, entre otros.

«Durante años, la mayoría de los planes se han centrado en el incendio interno. Ahora hay que preguntarse qué ocurre si el problema viene de fuera: una nave en zona inundable o una residencia junto a una masa forestal», señala el experto.

Dos responsables y atención a las personas vulnerables

La norma distingue entre el Director del Plan de Autoprotección, que gobierna el sistema, declara la emergencia y la notifica a Protección Civil, y el Director del Plan de Actuación ante Emergencias, que dirige la respuesta operativa. Pueden ser la misma persona, aunque en organizaciones medianas y grandes se recomienda separar ambas funciones.

Además, los planes deben incluir procedimientos y formación específicos para las personas de alta vulnerabilidad, es decir, aquellas que no pueden evacuar o confinarse por sus propios medios. La Directriz incluye expresamente en este grupo a los niños hasta los 6 años.

Más trazabilidad y control

La nueva regulación crea un Registro Estatal de Planes de Autoprotección, de carácter no público, coordinado con los registros autonómicos. El plazo máximo de revisión de los planes pasa de tres a cinco años, y los simulacros, al menos uno anual, deberán comunicarse a Protección Civil. Los titulares también tendrán que notificar los incidentes que generen emergencias significativas y dejar a la entrada del centro una copia de los datos básicos del plan y sus planos, a disposición de los servicios de emergencia.

Por dónde empezar

Para Miguel Ángel Olmeda, "el primer paso es un diagnóstico sede por sede: Hay que comprobar qué centros siguen obligados con el nuevo catálogo y la normativa autonómica, cuáles han dejado de estarlo y cuáles entran por primera vez. A partir de ahí, las brechas se abordan por orden de riesgo".

Y concluye: "La pregunta que harán una inspección o un juez tras un siniestro ya no es si la empresa tenía un plan, sino si puede demostrar que funcionaba".

Sobre CEASI

CEASI (Consultoría Estratégica en Seguridad Corporativa) es una consultora especializada en seguridad corporativa con sede en la Comunidad de Madrid. Ofrece servicios a nivl nacional de consultoría estratégica en seguridad, asesoramiento jurídico y desarrollo de soluciones tecnológicas especializadas, y acompaña a empresas y organizaciones en la gestión integral de sus riesgos.

Contacto de prensa

Miguel Ángel Olmeda Moreno

CEASI | Consultoría Estratégica de Seguridad Corporativa

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